Abogados en la provincia de Valencia · Oficina en Puerto de Sagunto
Si no puedes pagar tus deudas, la ley te permite cancelarlas y empezar de nuevo. Te decimos si cumples los requisitos.
La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus deudas obtener la exoneración, es decir, que se cancelen judicialmente las deudas que no pueden pagar. Es un procedimiento con requisitos estrictos y conviene prepararlo bien. En CCM Asesores estudiamos tu situación y te decimos con claridad si puedes acogerte. Desde nuestra oficina en Puerto de Sagunto atendemos a clientes de toda la provincia de Valencia.
| Modalidad | En qué consiste |
|---|---|
| Con liquidación | Se venden los bienes del deudor para pagar a los acreedores en lo posible, y el resto de deudas exonerables se cancela. |
| Con plan de pagos | El deudor conserva sus bienes (por ejemplo, la vivienda) y paga lo que puede durante un plan, normalmente de 3 años, o de 5 si se mantiene la vivienda habitual. Al terminarlo, se cancelan las deudas exonerables pendientes. |
La mayoría de las deudas con bancos, financieras, tarjetas, proveedores y particulares. Hay excepciones:
Es posible con la modalidad de plan de pagos, siempre que puedas seguir atendiendo la hipoteca y el plan. Lo valoramos según tus ingresos.
Sí. La Ley de Segunda Oportunidad se aplica a todas las personas físicas, tengan o no actividad empresarial.
Solo en parte: hasta 10.000 € en total entre Hacienda estatal y Seguridad Social (los primeros 5.000 € íntegramente y el resto al 50 %). Los créditos públicos subordinados sí pueden cancelarse por completo, según el Tribunal Supremo.