Aplazamiento liquidación de Impuestos hasta el 20 de mayo

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El BOE de 15 de abril de 2020 ha publicado el R.D.Ley 14/2020 por el que se acuerda la «extensión del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias» cuyo vencimiento estuviera comprendido entre el 15 de abril y el 20 de mayo de 2020, cuya nueva fecha de vencimiento pasa a ser el  20 de mayo de 2020.

A efectos prácticos, la consecuencia de mayor transcendencia de esta medida es que los impuestos correspondientes al primer trimestre del año 2020 (IVA, Retenciones, …) que debían abonarse el próximo 20 de abril quedan aplazados al 20 de mayo de 2020.

No obstante lo anterior, si la forma de pago elegida es la domiciliación bancaria, el plazo de presentación de las autoliquidaciones será el  15 de mayo de 2020. 

Esta medida no será de aplicación a aquellos obligados tributarios cuyo volumen de operaciones en el año 2019 haya sido superior a 600.000 euros, los cuales deberán presentar sus liquidaciones en el plazo originario.

El plazo para la presentación de las autoliquidaciones domiciliadas será el 15 de mayo.

CCM Asesores

Esta medida tampoco será de aplicación a los grupos fiscales en régimen especial de consolidación fiscal ni a los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del IVA.

Puede consultar el texto íntegro del BOE aquí.

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